2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Disposiciones Generales para el Licenciamiento de Todas las Modalidades de Establecimientos de Cuidado, Desarrollo y Aprendizaje de Niños y Niñas en Puerto Rico
§ 1432e. Licencias intransferibles

Toda licencia que expida el Departamento de la Familia será otorgada únicamente para la planta física y la persona natural o jurídica mencionada en la solicitud. La misma no podrá ser transferida, cedida, traspasada, reasignada o enajenada a otro individuo o entidad.