El Secretario o los certificadores autorizados deberán llevar a cabo inspecciones anualmente en sitios de una finca orgánica o una instalación de procesamiento o un negocio de mercadeo de productos agrícolas orgánicos, y deberán hacer pruebas periódicas de residuos en los productos orgánicos que han sido producidos en fincas orgánicas y procesados a través de procesadores orgánicos autorizados para determinar que tales productos no contengan pesticidas o cualquier otro residuo no orgánico o tóxico natural.
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