Un patrono que cumple con una orden de retención de ingresos emitida en otro estado de acuerdo con esta sección, no está sujeto a responsabilidad civil ante un individuo o agencia con relación a la retención de los ingresos del alimentante para el pago de pensión alimentaria para un menor.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 8 - Bienestar Público e Instituciones Caritativas
Capítulo 46 - Ley Uniforme Interestatal sobre Alimentos para la Familia
Subcapítulo V - Ejecución de una Orden de Pensión Alimentaria que No Ha Sido Registrada
§ 1361. Recibo por un patrono de una orden de retención de ingresos de otro estado
§ 1362. Cumplimiento del patrono con la orden de retención de ingresos de otro estado
§ 1363. Cumplimiento del patrono con dos o más órdenes de retención de ingresos.
§ 1364. Inmunidad de responsabilidad civil
§ 1365. Penalidades por incumplimiento