La Junta rendirá un informe anual a ambos cuerpos de la Asamblea Legislativa, al treinta (30) de junio de cada año, en el cual certifique el nivel de cumplimiento alcanzado para con todas las disposiciones de este capítulo. En dicho informe deberá indicar el alcance, responsabilidades y logros alcanzados entre las agencias concernidas en el cumplimiento de la ley, así como los resultados obtenidos por cada CIMVAS establecido, de manera individual. Deberá, además, presentar las recomendaciones que estime pertinentes para que la Asamblea Legislativa realice las enmiendas y/u otras acciones que sean necesarias.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 8 - Bienestar Público e Instituciones Caritativas
§ 1266. Equipo multidisciplinario de respuesta
§ 1269. Características mínimas que deben poseer los CIMVAS
§ 1272. Deberes, responsabilidades y derechos de los funcionarios públicos
§ 1273. Capacitación, adiestramiento y certificación; responsabilidades de las agencias
§ 1275. Responsabilidades de la Junta Transectorial Comunitaria de Apoyo y Educación a la Familia
§ 1276. Deber de rendir informes anuales de certificación de cumplimiento a la Asamblea Legislativa