Si el tribunal, luego de examinar el récord administrativo, declara que la decisión de la cual se solicita revisión es razonable y está de acuerdo con la ley, dictará un decreto desestimando la petición de revisión y confirmando la decisión de la Comisión. Si por el contrario, el tribunal declara que ésta es irrazonable o que está fundada en evidencia insuficiente que materialmente le afecta o que de otro modo no está de acuerdo con la ley, podrá dictar un decreto final revocándola, o a su discreción, puede devolver los autos a la Comisión, con instrucciones de que reconsidere el asunto y se dicte la decisión que fuere razonable y de acuerdo con la ley. En caso de que el tribunal revocare una decisión de la Comisión desestimando una querella después de investigación y audiencia celebrada ante la Comisión, devolverá el récord administrativo del procedimiento a la Comisión con instrucciones de que acepte la querella, proceda a celebrar nueva audiencia o investigación y dicte la decisión que fuera razonable y de acuerdo con la ley. Al dictar cualquier decreto final en cualquier solicitud de revisión, el tribunal tendrá poder para imponer el pago de las costas al recurrente.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte III - Ley de Servicio Publico de Puerto Rico
Capítulo 55 - Práctica y Procedimiento ante la Comisión; Revisión Judicial
§ 1251. Audiencias públicas; autoincriminación; perjurio
§ 1252. Citaciones; costas; testigos
§ 1253. Desacato; negativa a actuar
§ 1254. Desacato por ocultación
§ 1256. Querellas ante la Comisión
§ 1257. Trámite de la querella
§ 1260. Procedimientos para audiencias
§ 1261. Procedimiento de reglamentación
§ 1262. Enmienda, suspensión y revocación de decisiones y autorizaciones
§ 1262a. Procedimiento especial
§ 1264. Notificación de decisiones
§ 1265. Notificación de órdenes a abogados
§ 1266. Revisión de decisiones
§ 1267. Alcance de la revisión por el Tribunal de Apelaciones
§ 1268. Orden de suspensión en recurso de revisión
§ 1269. Intervención en el Tribunal de Apelaciones
§ 1270. Base de la revisión del recurso de apelación
§ 1271. Fecha de vigencia de reglas y decisiones
§ 1272. Recurso para obligar cumplimiento e impedir infracciones
§ 1274. Penalidad adicional por infracción de órdenes
§ 1275. Pena por infracción con respecto a acciones y bonos
§ 1276. Penalidad por la disposición ilegal de documentos de deuda
§ 1277. Responsabilidad por daños y perjuicios causados por infracciones
§ 1278. Derechos por documentos
§ 1279. Copias de documentos como evidencia
§ 1280. Actuaciones prohibidas
§ 1280a. Operadores de vehículos de motor autorizados a prestar un servicio público
§ 1280b. Término para pago por el servicio de transporte de carga
§ 1280c. Incumplimiento con el sistema tarifario establecido por la Comisión
§ 1280d. Facultades de la Comisión en torno a la transportación terrestre de pasajeros