El Hogar Juvenil de San Juan estará bajo la jurisdicción del Secretario de Salud de Puerto Rico, quien promulgará las reglas que han de regir en dicha institución.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 8 - Bienestar Público e Instituciones Caritativas
Capítulo 5A - Escuelas Industriales y Hogares Juveniles
§ 93. Transferencia del Hogar Juvenil de Ponce al Departamento de Salud
§ 95. Escuela Industrial Estadual para Jóvenes
§ 96. Escuela Industrial Estadual para Jóvenes—Objetivo
§ 97. Escuela Industrial Estadual para Jóvenes—Empleados
§ 98. Escuela Industrial Estadual para Jóvenes—Deberes del Superintendente
§ 99. Escuela Industrial Estadual para Jóvenes—Período de reclusión
§ 100. Escuela Industrial Estadual para Jóvenes—Desertores
§ 101. Escuela Industrial Estadual para Jóvenes—Admisiones
§ 102. Escuela Industrial Estadual para Jóvenes—Reglamentación
§ 103. Escuela Industrial Ana Roqué Duprey para Niñas
§ 104. Escuela Industrial Ana Roqué Duprey para Niñas—Directora y demás personal
§ 105. Escuela Industrial Ana Roqué Duprey para Niñas—Producto de venta de artículos
§ 106. Escuela Industrial para Mujeres
§ 107. Escuela Industrial para Mujeres—Objetivos
§ 108. Escuela Industrial para Mujeres—Reclusión
§ 109. Escuela Industrial para Mujeres—Directora
§ 110. Escuela Industrial para Mujeres—Personal; gastos
§ 111. Hogar Juvenil de San Juan
§ 112. Hogar Juvenil de San Juan—Supervisión
§ 113. Hogar Juvenil de San Juan—Capacidad de albergue
§ 114. Hogar Juvenil de San Juan—Ingreso será provisional
§ 115. Hogar Juvenil de San Juan—Admisión
§ 117. Hogar Juvenil de Ponce—Supervisión
§ 118. Hogar Juvenil de Ponce—Capacidad de albergue