2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 981 - Incentivos Contributivos para Comunicaciones, Teatro y Bellas Artes
§ 10806. Divulgación de ley

El Secretario de Hacienda, la Administración de Fomento Económico y la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, tendrán la obligación de divulgar a la ciudadanía la existencia de este capítulo y de los reglamentos y procedimientos para acogerse a las exenciones y beneficios concedidos en ella.