Además de cualesquiera otros requisitos que se dispongan por reglamento, toda persona que desee acogerse a los beneficios de este capítulo deberá mantener una contabilidad completa y detallada donde se determinen los ingresos y desembolsos de las operaciones normales y de la programación nueva. También llevará los récords y certificará la condición de puertorriqueño de los artistas, músicos y literatos beneficiados, conforme dichos términos se definen en este capítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 15 - Incentivos Industriales Contributivos en General
Parte III - OTROS INCENTIVOS CONTRIBUTIVOS
Capítulo 981 - Incentivos Contributivos para Comunicaciones, Teatro y Bellas Artes
§ 10802. Programa de incentivos
§ 10804. Requisitos para acogerse a los beneficios de este capítulo