El Secretario cobrará la suma de cien dólares ($100) por la inscripción de cada contratista; y cien dólares ($100) por la renovación anual de la inscripción. Asímismo, el Secretario cobrará la suma de cinco dólares ($5) por la expedición de cada certificación. Los fondos así cobrados serán depositados en un fondo especial, sin año fiscal determinado, para ser usado por el Secretario en la implantación de las secs. 1020a a 1020f de este título.