La Autoridad de Energía Eléctrica, su sucesora o el contratante de la red de transmisión y distribución rendirá al Negociado de Energía y a la Asamblea Legislativa informes semestrales de progreso sobre la interconexión de sistemas renovables a la red, incluyendo, pero sin limitarse a, tiempos promedio de interconexión de los sistemas de generación distribuida, cantidad de casos pendientes de aprobación (“backlog”) y el porciento de cumplimiento con la cartera de energía renovable correspondiente a la energía renovable distribuida. Los informes podrán incluir recomendaciones sobre legislación adicional necesaria para lograr los objetivos del Programa.
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