Es la obligación del Coronel y los miembros de la Policía Capitolina o Capitol Police, procurar la confidencialidad e integridad de cualquier información de seguridad recibida, generada, diseminada, o de otra forma mantenida por el cuerpo policial. El Coronel ni ninguno de los miembros del Cuerpo podrá copiar, remover, diseminar o de otra forma publicar, o compartir información confidencial de seguridad, incluyendo información contenida en los expedientes, y las grabaciones de audio y/o video con ningún miembro, funcionario, ciudadano o entidad, sin la expresa autorización de los presidentes de la Cámara de Representantes y del Senado de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 46 - Ley de la Policía Capitolina de Puerto Rico o Puerto Rico Capitol Police Act
§ 1001. Policía Capitolina de Puerto Rico o Capitol Police
§ 1003. Autoridad, deberes y obligaciones
§ 1007. Deberes y responsabilidades de los miembros
§ 1008. Nombramientos; normas de personal; período probatorio; rangos
§ 1015. Diseminación de información confidencial de seguridad