Todos los derechos, exenciones, contribuciones, aranceles o impuestos concedidos por cualquier ley anterior a los organismos, programas, unidades, divisiones o dependencias que por este capítulo se transfieren, se conceden y extienden a la Administración bajo los mismos términos, alcance y privilegios establecidos en la ley al amparo de la cual se concedieron.
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