(a) De su derecho a estar representado por abogado en todas las etapas del proceso y a que, de carecer de medios económicos, el tribunal le asignará uno para que lo represente.
(b) De su derecho a que se le presuma inocente, mientras no se pruebe lo contrario y a que el Procurador tiene que probar los hechos imputados más allá de duda razonable.
(c) De su derecho a no declarar y a que se le citen testigos para su defensa.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 34 - Apéndices Reglas del Tribunal
I-A. Reglas de Procedimiento para Asuntos de Menores
Capítulo 7 - VISTA ADJUDICATIVA
Regla 7.2. Lectura de la querella; advertencia al menor; vista en ausencia del menor
Regla 7.5. Alegación que admita los hechos; deber del tribunal