Evidencia pertinente es aquélla que tiende a hacer la existencia de un hecho, que tiene consecuencias para la adjudicación de la acción, más probable o menos probable de lo que sería sin tal evidencia. Esto incluye la evidencia que sirva para impugnar o sostener la credibilidad de una persona testigo o declarante.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
VI. Reglas de Evidencia de 2009
IV. ADMISIBILIDAD Y PERTINENCIA
Regla 401. Definición de evidencia pertinente
Regla 402. Relación entre pertinencia y admisibilidad
Regla 403. Evidencia pertinente excluida por fundamentos de perjuicio, confusión o pérdida de tiempo
Regla 405. Modos de probar el carácter
Regla 406. Hábito o práctica rutinaria
Regla 407. Reparaciones o precauciones posteriores
Regla 408. Transacciones y ofertas para transigir
Regla 409. Pago y oferta de pago por gastos médicos
Regla 410. Alegación preacordada
Regla 411. Sistema para determinación inicial de responsabilidad