2020 Laws of Puerto Rico
Parte III - Apelaciones de Sentencia en Casos Criminales
Regla 27. Efecto de la presentación de un escrito de apelación de un caso criminal

(A) Suspensión de la ejecución de la sentencia.— La presentación de un escrito de apelación respecto a una sentencia condenatoria en un caso criminal originado en el Tribunal de Primera Instancia, suspenderá la ejecución de la sentencia únicamente en la situación en que el Tribunal de Primera Instancia o el tribunal apelativo haya fijado la fianza en apelación y ésta haya sido debidamente prestada.
(B) Cuándo no suspenderá.— Una apelación no suspenderá los efectos de una sentencia condenatoria cuando:
(1) No se admita la prestación de fianza en apelación;
(2) una ley especial disponga que no se suspenderá, o
(3) la sentencia contenga una orden que disponga que la persona convicta quede en libertad a prueba. Mientras se resuelve la apelación, el tribunal sentenciador conservará su facultad para modificar las condiciones de la libertad a prueba o para revocarla.