(A) Presentación de la apelación.— Las apelaciones contra sentencias dictadas en casos civiles por el Tribunal de Primera Instancia, se presentarán dentro del término jurisdiccional de treinta (30) días contados desde el archivo en autos de una copia de la notificación de la sentencia.
(B) Notificación a las partes.—
(1) Cuándo se hará.— La parte apelante notificará el recurso apelativo y los apéndices dentro del término dispuesto para la presentación del recurso, siendo éste un término de estricto cumplimiento.
(2) Cómo se hará.— La parte apelante notificará el recurso de apelación debidamente sellado con la fecha y hora de su presentación mediante correo certificado o servicio de entrega por empresa privada con acuse de recibo. Podrá, además, utilizar los siguientes métodos sujeto a lo dispuesto en estas reglas: correo ordinario, entrega personal, telefax o correo electrónico, siempre que el documento notificado sea copia fiel y exacta del documento original.
(3) Constancia de la notificación.— Se considerará que la fecha de la notificación a las partes es la que conste del certificado postal como la fecha de su depósito en el correo.
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Título 4 - Apéndices Reglas del Tribunal
XXII-B. Reglamento del Tribunal de Apelaciones (2004)
Parte II - Apelaciones de Sentencias en Casos Civiles
Regla 13. Término para presentar la apelación
Regla 14. Presentación y notificación
Regla 16. Contenido del escrito de apelación en casos civiles
Regla 17. Apelaciones conjuntas o consolidadas
Regla 18. Efecto de la presentación del escrito de apelación en casos civiles
Regla 19. Reproducción de la prueba oral
Regla 20. Transcripción; exposición estipulada; exposición narrativa