El expediente administrativo consistirá de los autos originales o copia de los mismos certificados por la agencia o el funcionario recurrido, y de la transcripción de evidencia o exposición narrativa de la prueba, si se ordenare, también certificada. Las partes podrán estipular, con una breve exposición de los motivos que tengan para ello, que el expediente administrativo se limite a parte de los autos, o de la transcripción de la evidencia, o de la exposición narrativa de la prueba. Esta estipulación estará sujeta a la aprobación del tribunal.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 4 - Apéndices Reglas del Tribunal
Regla 4. Término para presentar recurso de revisión
Regla 5. Contenido de la solicitud de revisión
Regla 6. Forma de los escritos
Regla 7. Presentación y notificación de la solicitud de revisión
Regla 8. Oposición a que se expida el auto
Regla 9. Transcripción de la evidencia
Regla 11. Ordenes de mostrar causa
Regla 12. Disposición del recurso
Regla 14. Mociones de desestimación