Se adscribe al Departamento de Transportación y Obras Públicas, la Autoridad de Carreteras. Los poderes y deberes de la Autoridad serán ejercidos por el Secretario de Transportación y Obras Públicas. Se suprime la Junta de Gobierno de la Autoridad de Carreteras, sin que por ello se entienda que sus deberes y poderes quedan en forma alguna restringidos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 3 - Poder Ejecutivo Apéndices
III. Departamento de Transportación y Obras Públicas
III - Departamento de Transportación y Obras Públicas
Artículo I. Reorganización y redenominación del Departamento de Obras Públicas
Artículo II. Funciones del Departamento
Artículo III. Autoridad Metropolitana de Autobuses
Artículo IV. Autoridad de los Puertos
Artículo V. Autoridad de Carreteras