(a) El “Fondo para la Educación del Consumidor en Asuntos Financieros y Adiestramiento del Personal de la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras”, creado mediante las secs. 2001 et seq. del Título 7;
(b) el “Fondo para la Educación del Inversionista y del Consumidor en su Relación con el Sistema Financiero y Adiestramiento del Personal de la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras”, creado bajo las secs. 851 et seq. del Título 10;
(c) cualquier otro fondo administrado por el Comisionado, creado con el fin de educar y orientar a los consumidores de la industria financiera, así como para promover el flujo de información para el beneficio de éstos;
(d) donaciones, dotaciones o de otras fuentes, y
(e) derechos e ingresos derivados de su funcionamiento, ya sea por distribución de materiales educativos o la prestación de servicios.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 3 - Poder Ejecutivo Apéndices
XVI. Instituto de Educación Financiera de Puerto Rico
XVI - Instituto de Educación Financiera de Puerto Rico
Artículo 6. Funciones, facultades y deberes del Instituto
Artículo 7. Funciones, facultades y deberes del Director del Instituto