2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Comisión de Juegos del Gobierno de Puerto Rico
§ 982b. Facultades especiales de la Comisión sobre apuestas en eventos deportivos, ligas de juegos electrónicos, tales como eSports y concursos de fantasía (fantasy contests)

(1) Establecer los costos de solicitud para licencias para autorizar la operación de juegos, licencia para proveedores de la plataforma de tecnología, licencia para proveedores de servicios y licencia para apuestas deportivas, ligas de juegos electrónicos, tales como eSports y ligas concursos de fantasía (fantasy leagues);
(2) Determinar los eventos de deportes y tipos de juegos que se autorizarán por Internet, las apuestas deportivas, ligas de juegos electrónicos, tales como eSports y concursos de fantasía (fantasy contests). Establecerá los procedimientos para los juegos autorizados y dispositivos asociados, equipos y accesorios, e incluirán, pero sin limitarse a, aprobar los estándares sobre la conducta de los juegos autorizados por internet y las apuestas deportivas, ligas de juegos electrónicos, tales como eSports y concursos de fantasía (fantasy contests). Ninguna disposición de este capítulo podrá ser considerada o interpretada como que regula las reglas o la conducta de los eventos deportivos;
(3) Establecer los objetos de las apuestas deportivas, ligas de juegos electrónicos, tales como eSports (sin limitarse a los eventos deportivos en los que se puedan realizar las apuestas y las apuestas que pueden ser aceptadas), y los métodos de juego, incluyendo lo que constituye apuestas ganadas, pérdidas o empatadas; igualmente los juegos autorizados por internet, incluyendo ganadores, perdedores o jugadas empatadas;
(4) Establecer la forma en que se reciben las apuestas de los juegos autorizados y las apuestas deportivas, ligas de juegos electrónicos, tales como eSports; la forma en que se remiten los pagos y los diferenciales, las líneas y las probabilidades que se determinan para cada tipo de apuesta disponible;
(5) Establecer las características físicas de cualquier dispositivo, equipo, “software” y accesorios relacionados con los juegos autorizados en internet y con las apuestas deportivas, ligas de juegos electrónicos, tales como eSports y ligas de fantasía (fantasy leagues); los cuales deberán cumplir con los estándares o parámetros que establece un laboratorio internacional reconocido por las entidades regulatorias y la industria de juegos en Estados Unidos y que esté licenciado en Puerto Rico;
(6) Establecer los procedimientos de inspección aplicables a cualquier dispositivo, equipo, “software” y accesorios relacionados a los juegos autorizados en internet, ligas de juegos electrónicos, tales como eSports y concursos de fantasía (fantasy contests)
(7) Como parte de la evaluación de una solicitud, podrá exigir la toma de huellas dactilares de un solicitante, u otro método de identificación, requerir información sobre sus antecedentes penales, si alguno, hábitos y carácter del solicitante y si existen deudas con el estado, prescribir el método y la forma de solicitud que cualquier solicitante de una licencia emitida de conformidad con este subcapítulo debe seguir y completar antes de considerar su solicitud, prescribir la tecnología de comunicaciones permisible, requerir la implementación de tecnología de control de fronteras que asegurará que una persona no pueda hacer una apuesta si se encuentra fuera de los límites territoriales de Puerto Rico; y requerir que se implementen programas para evaluar la capacidad financiera de los jugadores de manera que se pueda limitar la cantidad de apuestas de forma correlativa a sus ingresos;
(8) Establecer procedimientos para el cobro de apuestas y pagos, incluidos, entre otros, requisitos para fines de servicio de ingresos internos;
(9) Establecer procedimientos para manejar sospechas de irregularidades en los juegos autorizados en internet y en las apuestas deportivas, ligas de juegos electrónicos, tales como eSports y concursos de Fantasía (fantasy contests);
(10) Establecer procedimientos para el manejo de cualquier dispositivo, equipo, “software” y dispositivos defectuosos o dañados;
(11) Establecer el método para calcular los ingresos y estándares de juegos autorizados en internet y apuestas deportivas, ligas de juegos electrónicos, tales como eSports y concursos de fantasía (fantasy contests), registro y conteo de efectivo, y equivalentes de efectivo, recibidos en la realización de los juegos autorizados en internet y apuestas deportivas;
(12) Como medida para garantizar la protección del jugador compulsivo, la Comisión establecerá, pero sin limitarse a, requisitos a las licencias para tecnología que permita identificar patrones de riesgo, dentro de la tecnología existente al momento y de esta manera poder orientar al jugador, que así lo necesite, sobre sus patrones de juego y/o sobre herramientas que ayuden al jugador a identificar sus capacidades financieras. Se deberán implementar los mecanismos necesarios para impedir una apuesta en ocasiones en que se entienda que un jugador está apostando más allá de lo que permite su capacidad financiera;
(13) Establecer la reglamentación necesaria para evitar el lavado de dinero y la evasión contributiva;
(14) Establecer los parámetros necesarios para garantizar que menores de dieciocho (18) años no participen en apuestas con aquella reglamentación necesaria para su protección y para evitar la adicción al juego. Entre las disposiciones reglamentarias deberá incluir que:
(a) Ningún mensaje sobre apuestas deportivas debe estar diseñado para apelar principalmente a personas menores de la edad legal para participar de las apuestas.
(b) Ningún mensaje debe sugerir o implicar que las personas menores de edad se involucren en las apuestas deportivas.
(c) Los mensajes no promoverán la participación irresponsable o excesiva en las apuestas deportivas.
(d) Todo mensaje colocado en medios digitales, incluidos sitios de Internet y sitios móviles, correos electrónicos, mensajes de texto, redes sociales y contenidos descargables deben incluir un enlace a un sitio que proporcione información sobre el juego responsable y las ayudas disponibles para atender cualquier problema de juego compulsivo.
(e) Todos los operadores principales y satélites autorizados pondrán a disposición de los visitantes información sobre el juego responsable y dónde encontrar ayuda, incluyendo el número de línea de ayuda la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA). Esta información estará disponible y de forma visible al público. Igualmente, estará disponible a través de su página web, redes sociales y otros medios de promoción permitida por ley.
(f) Los empleados de operadores principales y satélites licenciados recibirán recurrentemente adiestramientos sobre desórdenes y problemas con el juego de apuestas y de cómo poder identificar jugadores compulsivos que frecuenten sus lugares de trabajo. La frecuencia en que se recibirán estos adiestramientos se establecerá mediante reglamentación. Asimismo, se les orientará sobre su obligación de impedir que menores de dieciocho (18) años tengan acceso al área de juego, a los sistemas de apuestas, compra y consumo de bebidas alcohólicas en la localidad. Empleados que no reciban los adiestramientos exigidos por reglamento, se verán impedidos de renovar su licencia de trabajo dentro de casas de apuestas o satélites.
(g) Todo operador principal o satélite autorizado a recibir y pagar apuestas deportivas que incluya servicio y venta de bebidas alcohólicas se asegurarán de que los empleados estén capacitados en una política de servicio responsable de bebidas alcohólicas y brindarán capacitación periódica a esos empleados, conforme se disponga por reglamento; y
(15) Cualquier otro aspecto que a juicio de la Comisión requiera ser reglamentado, pero en todo reglamento, debe concienciar en que las apuestas deportivas son una actividad de entretenimiento solo para adultos que puedan mantener una conducta de juego sana y responsable. Se ordena a la Comisión que mediante regulación prohíba toda estrategia de publicidad y mercadeo contraria a estos principios.