Los programas para los ofrecimientos de cursos no conducentes a certificados ocupacionales impactarán a los estudiantes de sexto, séptimo y octavo grado, mientras los recursos fiscales lo permitan y respondan a las necesidades de la economía actual. Los programas tendrán una vigencia anual con los requerimientos que establezca el Departamento. El propósito primordial de estos cursos es introducir a los estudiantes de esos niveles escolares, en experiencias de exploración ocupacional, que los guíen hacia la decisión de una ocupación y que los preparen para enfrentar nuevos retos de manera crítica y creativa. Se espera que el estudiante identifique rutas dirigidas hacia una ocupación, que luego le permita ingresar en una escuela magneto ocupacional de manera que posteriormente esté preparado para un ingreso exitoso en el mercado laboral, con alta remuneración económica, empleabilidad y certificaciones.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 133 - Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico
Subcapítulo XII - Educación Ocupacional, Técnica y Alternativa
§ 9812. Disposiciones generales
§ 9812a. Junta Estatal de Educación Ocupacional y Técnica
§ 9812c. Programas para los ofrecimientos de cursos no conducentes a certificado ocupacional
§ 9812d. Escuelas Magneto Ocupacional (CTE Magnet School)
§ 9812e. Estrategias de educación ocupacional para las escuelas magneto
§ 9812h. Pasantías e internados ocupacionales, técnicos y agrícolas
§ 9812i. Educación alternativa
§ 9812l. Modalidades alternas de educación en casos de emergencia