El Programa de Educación Ocupacional y Técnica del Departamento, proveerá a todos los estudiantes acceso a una educación ocupacional y técnica con una estructura rigurosa, pertinente, coherente y alineada a la industria y bajo los estándares, destrezas, conocimientos, y actitudes que la misma requiera. Este responderá a las necesidades y realidades del Puerto Rico de hoy, como también a la demanda y tendencias a nivel mundial. Los contenidos del programa buscarán que los estudiantes puedan desarrollar las destrezas y competencias que le permitan insertarse en la fuerza laboral y que reflejen, además, las necesidades del mercado y economía puertorriqueña y de aquellas en las que nos queremos integrar alrededor del mundo. Para garantizar estos ofrecimientos se promoverá el desarrollo de servicios, programas de estudios académicos y ocupacionales, el establecimiento de acuerdos colaborativos con el comercio e instituciones postsecundarias, y se proveerá al estudiante la oportunidad de obtener un certificado de destrezas, una credencial, una licencia o un grado.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 133 - Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico
Subcapítulo XII - Educación Ocupacional, Técnica y Alternativa
§ 9812. Disposiciones generales
§ 9812a. Junta Estatal de Educación Ocupacional y Técnica
§ 9812c. Programas para los ofrecimientos de cursos no conducentes a certificado ocupacional
§ 9812d. Escuelas Magneto Ocupacional (CTE Magnet School)
§ 9812e. Estrategias de educación ocupacional para las escuelas magneto
§ 9812h. Pasantías e internados ocupacionales, técnicos y agrícolas
§ 9812i. Educación alternativa
§ 9812l. Modalidades alternas de educación en casos de emergencia