(a) Sean pertinentes a la realidad social, cultural y geográfica de sus alumnos.
(b) Aviven la imaginación y despierten la curiosidad de los estudiantes.
(c) Le proporcionen a los alumnos la oportunidad de desarrollar la capacidad de observar y razonar.
(d) Adiestren a los estudiantes en la búsqueda de información a través de medios tradicionales y de medios electrónicos. A tales efectos, todos los salones de clase en las escuelas públicas deberán usar plataformas de estudio (LMS), siempre que los recursos fiscales lo permitan, para que los estudiantes adquieran destrezas de IT, proveyendo a su vez, actividades de aprendizaje en literacia tecnológica, la cual estará integrada a los currículos de enseñanza del sistema público de educación.
(e) Promuevan el desarrollo físico saludable a través de requisitos de participación en los cursos de educación física y en la práctica del deporte.
(f) Les permitan a los alumnos ampliar su vocabulario y desarrollar las destrezas de la comunicación oral y escrita, tanto en español como en inglés.
(g) Les brinden a los estudiantes información u orientación sobre el desarrollo del ser humano; relaciones de familia; problemas del adolescente; y finanzas personales.
(h) Desarrollar en el estudiante las destrezas del aprendizaje.
(i) Cuenten con programas dirigidos a atender las necesidades académicas del estudiante dotado, sus intereses y necesidades psicosociales particulares que puedan incidir con su desarrollo holístico e integración social mediante alternativas de aceleración, enriquecimiento, agrupación, y otros modelos curriculares que le permitan recibir el aprendizaje a base de su crecimiento cognitivo individualizado.
(j) Incluyan valores universales como la confiabilidad, el respeto, la responsabilidad, la justicia, la bondad y el civismo, sin interferir con los objetivos de la escuela, con el fin de lograr una educación integrada, desarrollando atributos positivos del carácter y destrezas sociales y emocionales, fundamentales para la vida cotidiana.
(k) Propendan en el estudiante un amplio desarrollo de competencia intercultural.
(l) Les proporcionen a los estudiantes el dominio de destrezas de ejecución y pensamiento, así como habilidades para cumplir con el currículo establecido.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 133 - Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico
§ 9809. Derechos de los estudiantes
§ 9809a. Deberes de los Estudiantes
§ 9809b. Medidas y sanciones disciplinarias
§ 9809d. Pertinencia de programas de estudio
§ 9809f. Acoso escolar (Bullying)
§ 9809g. Estudiantes con asma, diabetes u otras condiciones de salud