2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 42 - Reglamentación sobre la Asignación de Fondos Públicos
§ 948. Reasignación de fondos

Las personas naturales que reciban asignaciones de fondos públicos y que por cualquier razón desistan de construir la obra, adquirir el equipo o desarrollar la actividad deberán informar al legislador proponente y a las Comisiones de Hacienda de ambas Cámaras para que reasigne la utilización de los mismos.