2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 107 - Programa “Ahorra y Duplica Tu Dinero”
§ 8934. Terminación

Todo participante podrá terminar su participación en el Programa sujeto a las siguientes reglas. Si termina su participación en o antes de transcurridos los cuarenta y ocho (48) meses iniciales, el Administrador le devolverá sus aportaciones, sin intereses, dentro de noventa (90) días de concluido dicho plazo de cuarenta y ocho (48) meses. La acumulación de intereses bajo el Programa comienza a partir del mes cuarenta y ocho (48). Si termina su participación entre el mes cuarenta y nueve (49) y antes de concluido el plazo de diez (10) años, el Administrador le devolverá sus aportaciones más la mitad (½) de los intereses devengados a la fecha de efectividad de la terminación. Para garantizar un proceso ordenado para la terminación temprana de participación en el Programa, el Administrador establecerá una ventana de tiempo anual para recibir y procesar estas solicitudes.