2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 107 - Programa “Ahorra y Duplica Tu Dinero”
§ 8933. Participación

Todo empleado de carrera de una agencia puede participar del Programa. El empleado que participe en el Programa aportará una cantidad equivalente al tres por ciento (3%) de su salario bruto por un plazo de cuarenta y ocho (48) meses consecutivos. Esta aportación se descontará en cada periodo de pago. Transcurridos los setenta y dos (72) meses siguientes a dicho plazo, es decir, al cabo de diez (10) años desde el ingreso en el Programa, el empleado recibirá la totalidad de sus aportaciones al Programa más una suma adicional equivalente al monto total de dichas aportaciones. Cada participante recibirá el doble de la cantidad aportada al Programa.