2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 4 - Programas para Construcción de Viviendas
§ 87. Viviendas para personas de ingresos moderados—Venta o alquiler de viviendas

Los poderes que por las secs. 86 a 94 de este título se le confieren a la Corporación para adquirir terrenos y para construir o disponer para la construcción de viviendas para familias de ingresos moderados solamente se ejercitarán en aquellos sitios en que la Corporación encuentre que prevalecen las condiciones descritas en la sec. 86 de este título y así lo declare.