2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 40A - Parque Nacional de la Zona Cárstica del Río Tanamá
§ 868. Autorización para la expropiación y adquisición de terrenos

(1) La Compañía de Parques Nacionales establezca que los terrenos en los que enclava el uso no afectan la integridad de los recursos del Parque que se pretende proteger y no pueden revertirse.
(2) Que el uso existente no afecte adversamente los terrenos del Parque o sus colindantes.