El titular de la propiedad de una finca limitada por derechos reales de contenido posesorio puede constituir servidumbres sobre ella, sin el consentimiento de los titulares de estos derechos, siempre que no los perjudique.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 8 - Los Derechos Reales
Parte VI - Los Derechos Reales de Goce
Capítulo 601 - Las Servidumbres
Subcapítulo I - Disposiciones Generales
§ 8502. Objeto de la servidumbre
§ 8504. Origen de la servidumbre
§ 8507. Legitimados para constituir servidumbres
§ 8508. Servidumbres que no perjudican derechos reales posesorios