Las servidumbres son voluntarias o forzosas. Son voluntarias aquellas que se constituyen por negocio jurídico bilateral o unilateral. Son forzosas aquellas servidumbres cuya constitución puede ser exigida en los casos contemplados en la ley.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 8 - Los Derechos Reales
Parte VI - Los Derechos Reales de Goce
Capítulo 601 - Las Servidumbres
Subcapítulo I - Disposiciones Generales
§ 8502. Objeto de la servidumbre
§ 8504. Origen de la servidumbre
§ 8507. Legitimados para constituir servidumbres
§ 8508. Servidumbres que no perjudican derechos reales posesorios