(a) Continuas o discontinuas.— Es continua aquella cuyo uso es o puede ser incesante sin la intervención humana; es discontinua la que se usa a intervalos más o menos largos y depende de actos humanos.
(b) Aparentes o no aparentes.— Es aparente la que se anuncia y está continuamente a la vista por signos exteriores que tienen una relación objetiva con el uso y el aprovechamiento; es no aparente la que no se manifiesta por signo alguno; y
(c) Positivas o negativas.— Es positiva la que impone al titular sirviente la obligación de soportar su ejercicio; es negativa la que impone una abstención determinada.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 8 - Los Derechos Reales
Parte VI - Los Derechos Reales de Goce
Capítulo 601 - Las Servidumbres
Subcapítulo I - Disposiciones Generales
§ 8502. Objeto de la servidumbre
§ 8504. Origen de la servidumbre
§ 8507. Legitimados para constituir servidumbres
§ 8508. Servidumbres que no perjudican derechos reales posesorios