2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo VII - Productos Biológicos para Tratamiento de Animales
§ 821. Definiciones

Productos biológicos.— Preparaciones medicinales para animales hechas de microorganismos y sus productos, incluyendo sueros, vacunas, antígenos y antitoxinas, que a su vez se definen como sigue:
(1) Vacunas.— Cualquier material que se inocule preventivamente, como una suspensión de bacterias muertas o inactivadas o vivas de baja virulencia que al introducirse al cuerpo de un animal produce inmunidad contra la enfermedad causada por las bacterias vivas mediante la formación de anticuerpos.
(2) Antígeno.— Cualquier substancia que al introducirse en la sangre o los tejidos de cualquier animal provoque la formación de anticuerpos.
(3) Antisueros.— Un suero que contiene anticuerpos obtenido de un animal que ha estado sujeto a la acción del antígeno bien por inyección dentro de los tejidos o por infección.