Se autoriza al Alcalde o funcionario designado a llevar a cabo todas las gestiones pertinentes con la Administración para el Cuidado y Desarrollo Integral de la Niñez (ACUDEN), entidad gubernamental que administra los fondos que recibe el Gobierno de Puerto Rico, bajo la ley federal, Child Care and Development Block Grant (CCDBG) para darle cumplimiento a este Código.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 8 - Código Municipal de Puerto Rico
Parte III - Servicios Municipales
Capítulo 332 - Servicios de Cuido de Niños
§ 7551. Servicio de cuido de niños
§ 7552. Centro de cuidado diurno
§ 7553. Elegibilidad para el centro de cuidado diurno
§ 7554. Facultades para la reglamentación
§ 7555. Ubicación del centro de cuidado diurno
§ 7556. Prioridad para el uso de los servicios
§ 7557. Gestiones con el Departamento de la Familia
§ 7558. Consorcios o alianzas intermunicipales para centros de cuidado diurno