(a) Prohibición general.— Toda violación a las disposiciones de este Código, de cualquier ordenanza municipal o reglamento adoptado al amparo de este Código, constituirá una violación a este Código y podrá ser sancionada por la vía penal o administrativa, a opción del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales.
(b) Prohibición específica.— Ninguna persona podrá almacenar, recoger, transportar, procesar o disponer desperdicios sólidos en forma que se afecte el ambiente, represente un peligro a la salud o seguridad o en forma contraria a lo antes dispuesto en este capítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 8 - Código Municipal de Puerto Rico
Parte III - Servicios Municipales
Capítulo 330 - Reciclaje y Manejo de Desperdicios Sólidos
§ 7501. Declaración de política pública sobre la reducción de los desperdicios sólidos y reciclaje
§ 7503. Consorcios municipales para reciclaje
§ 7505. Materiales reciclables
§ 7507. Programa para la Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos
§ 7512. Preferencia en las compras
§ 7516. Responsabilidad—Agencias estatales y corporaciones públicas
§ 7517. Transportación de desperdicios sólidos
§ 7518. Programas y sistemas de recogido y disposición de desperdicios sólidos