2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 330 - Reciclaje y Manejo de Desperdicios Sólidos
§ 7507. Programa para la Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos

(a) El Programa a ser desarrollado e implementado por el municipio deberá:
(1) Establecer unas guías para el recogido, transportación, almacenamiento, separación, procesamiento, reducción y reciclaje de los materiales mencionados en la sec. 7505 de este título en el Gobierno de Puerto Rico.
(2) Establecer mecanismos que garanticen que en o antes de sesenta (60) meses de aprobado este Código, no menos del treinta y cinco por ciento (35%) de los desperdicios sólidos que se generen en su municipio sean procesados mediante el método de reducción y reciclaje.
(3) Promover el establecimiento de instalaciones para el recogido, procesamiento y mercadeo del material reciclable mediante el desarrollo de la infraestructura adecuada y el fortalecimiento del mercado de material reciclado.
(4) Proveer asistencia técnica y asesoramiento financiero a las comunidades en el desarrollo de las actividades relacionadas con este capítulo.
(5) Establecer proyectos de separación, reducción, reutilización y reciclaje y adoptar las medidas que sean necesarias para reducir el volumen de los desperdicios sólidos que se depositan en los vertederos de Puerto Rico.
(6) Desarrollar campañas educativas para promover la participación de todos los sectores en las actividades de reducción, reutilización y reciclaje. Coordinar con el Departamento de Educación, las comunidades, las agencias estatales y la empresa privada para informar al público sobre la necesidad y beneficios del Programa. La campaña deberá ser desarrollada a través de seminarios, anuncios de servicio público, material escrito y otras actividades similares.