2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 510 - Las Presunciones de Maternidad y de Paternidad y su Impugnación
§ 7125. Acreditación del estado de gestación

La mujer cuyo matrimonio se ha disuelto y quiere formalizar otro antes de transcurrir trescientos (300) días de dicha disolución, puede acreditar voluntariamente su estado de gestación ante la persona que oficie el matrimonio, con el propósito de rechazar la paternidad presunta del nuevo cónyuge y atribuirla al anterior.