(a) La presunta progenitora;
(b) la madre biológica;
(c) el hijo, por sí mismo, si es mayor de edad, o por su representante legal o defensor judicial, si no ha alcanzado su mayoría de edad o si es incapaz;
(d) la madre intencional subrogada; y
(e) el presunto padre.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 7 - Las Instituciones Familiares
Parte VI - La Filiación Natural
Capítulo 510 - Las Presunciones de Maternidad y de Paternidad y su Impugnación
§ 7121. Presunción de maternidad
§ 7122. Presunciones de paternidad
§ 7124. Impugnación de la maternidad
§ 7125. Acreditación del estado de gestación
§ 7127. Legitimados para impugnar la paternidad presunta
§ 7128. Impugnación por los herederos
§ 7129. Plazo para impugnar la paternidad o la maternidad
§ 7131. Determinación como cosa juzgada