Todos los proyectos que se lleven a cabo bajo las disposiciones de este capítulo deberán ser previamente aprobados por la Junta de Planificación de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte III - Administracion de Desarrollo y Mejoras de Viviendas
Capítulo 61 - Eliminación del Desempleo Cívico en Puerto Rico
§ 662. Facultades y deberes del Secretario de Agricultura
§ 664. Organización; personal; emolumentos
§ 667. Aprobación por la Junta de Planificación
§ 668. Delegación de facultades al Director de la Administración de Programas Sociales