Se asigna al Departamento de Transportación y Obras Públicas, con cargo a los fondos no comprometidos del Tesoro Estadual, la cantidad de trescientos mil dólares ($300,000) para llevar a cabo los fines de las secs. 651 a 659 de este título. El Departamento de Transportación y Obras Públicas con aprobación del Gobernador pondrá la parte necesaria de dicha cantidad a disposición de la Comisión que se crea por las secs. 651 a 659 de este título, para sufragar sus gastos de naturaleza administrativa.