El incentivo para proceder con el pago de la deuda contributiva que se concede en la sec. 5952 de este título estará vigente por un término de ciento veinte (120) días, contados a partir de la fecha de la vigencia de la orden administrativa que emita el CRIM para implantar este capítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 7 - Contribuciones Municipales sobre la Propiedad
§ 5952. Concesión de incentivo sobre bienes muebles
§ 5953. Cantidad del descuento sobre la contribución sobre la propiedad mueble
§ 5954. Término para acogerse al incentivo sobre la propiedad mueble
§ 5955. Condiciones y limitaciones
§ 5956. Eliminación de intereses, recargos y penalidades sobre bienes inmuebles
§ 5959. Obligaciones del Director Ejecutivo