2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 30A - Desarrollo de Atleta Puertorriqueño
§ 573a. Derechos del atleta a tiempo completo

(a) Devengar un sueldo cónsono con la realidad económica del país y a sus necesidades como atleta.
(b) Recibir toda la capacitación técnica y atlética necesaria para su entrenamiento.
(c) Obtener toda la ayuda médica y psicológica para su adecuado desenvolvimiento antes, durante y después de su acuartelamiento y/o competencia.
(d) Gozar de un trato respetuoso y cordial de los funcionarios del Gobierno de Puerto Rico y del Comité Olímpico de Puerto Rico.