(a) Acuartelamiento.— Entrenamiento en el que el atleta permanece internado en una instalación por períodos extendidos bajo una rigurosa rutina de vida y programa de preparación para competencias.
(b) Atleta.— Aquellas personas identificadas y recomendadas por el COPUR y aprobadas por la Junta para participar del Fondo creado por este capítulo, y aquéllos aprobados por la Junta mediante presentación de sus méritos y credenciales en competencias internacionales.
(c) Departamento.— El Departamento de Recreación y Deportes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
(d) Director.— El funcionario ejecutivo con la responsabilidad de dirigir y administrar el Fondo y la Junta para el Desarrollo del Atleta Puertorriqueño de Alto Rendimiento a Tiempo Completo que se crea por este capítulo.
(e) Fogueo.— Circuitos de competencia cuyo propósito es medirse ante otros atletas de calibre similar o mayor.
(f) Fondo.— El Fondo y la Junta para el Desarrollo del Atleta Puertorriqueño de Alto Rendimiento a Tiempo Completo que se crea en este capítulo.
(g) Junta.— La dependencia del Departamento que se establece en el Artículo 3 de esta Ley con el propósito de coordinar y facilitar programas, actividades, y servicios que propicien el desarrollo y el fortalecimiento de los atletas de Puerto Rico, entre otros.
(h) Secretario.— El Secretario del Departamento de Recreación y Deportes de Puerto Rico.
(i) COPUR.— Comité Olímpico de Puerto Rico.
(j) Entrenador de alto rendimiento.— Técnico especializado que desempeña sus funciones metodológicas, técnicas y tácticas en los niveles elevados del perfeccionamiento y su ejecución en el ámbito del entrenamiento deportivo y la competición.
(k) COPAPUR.— Comité Paralímpico de Puerto Rico, Inc.
(l) Científico deportivo.— Persona que ha obtenido una capacitación académica a nivel post [graduado] universitario (ciencias naturales sociales o físicas) de una institución acreditada o reconocida por las autoridades educativas del país y que se dedica al estudio y análisis del movimiento y/o conducta del cuerpo humano en actividades atléticas o deportivas; logrando integrar la investigación, la educación y la aplicabilidad correcta de los conceptos de las ciencias del ejercicio para mejorar la ejecutoria de un atleta manteniendo un estado óptimo de salud.