2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 26 - Convenio Interestatal para la Ubicación de Menores
§ 549f. Fondos

El Departamento de la Familia queda autorizado a solicitar anualmente en el presupuesto de la Administración de Familias y Niños los fondos necesarios para la participación de estos Convenios, a tono con las exigencias de los estados recipientes para los pagos de mantenimiento de los menores en cuidado sustituto o ubicados para adopción.