Será ilegal el reclutamiento y/o transportación de trabajadores para trabajar fuera de Puerto Rico por parte de cualquier persona u organización o sus agentes sin la debida autorización del Secretario o su representante autorizado. A los efectos de esta sección, se entenderá por “transportación” cualquier acto consistente en gestionar, inducir a obtener o entregar pasajes por cualquier medio para cualquier persona dentro de los límites de Puerto Rico, para ir a trabajar fuera de Puerto Rico; así como el traslado físico de los trabajadores a sabiendas de que éstos van a trabajar fuera de Puerto Rico sin la debida autorización.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 31 - Fomento de Oportunidades de Empleo
§ 521. Oportunidades de trabajo—Promovidas por la Administración de Fomento Económico
§ 526. Contratos para trabajar en el exterior—Definiciones
§ 527. Contratos para trabajar en el exterior—Regulación administrativa
§ 528. Contratos para trabajar en el exterior—Información que se suministrará al Secretario
§ 529. Contratos para trabajar en el exterior—Formalización de contrato
§ 529a. Contratos para trabajar en el exterior—Garantía del contrato
§ 529b. Contratos para trabajar en el exterior—Ayuda técnica o legal
§ 530. Contratos para trabajar en el exterior—Reclutamiento y transportación sin autorización
§ 531. Contratos para trabajar en el exterior—Reglas o reglamentos
§ 532. Contratos para trabajar en el exterior—Facultades para hacer cumplir lo dispuesto
§ 533. Contratos para trabajar en el exterior—Jurisdicción del Tribunal de Primera Instancia