2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo I - De las Restricciones a la Libertad
§ 5222. Restricción de libertad agravada

(a) Mediante violencia, intimidación, fraude o engaño.
(b) Simulando ser autoridad pública.
(c) Por funcionario o empleado público con abuso de los poderes inherentes a su autoridad o funciones.
(d) Con el pretexto de que el restringido padece de enfermedad o defecto mental.
(e) En persona que no ha cumplido dieciocho (18) años de edad, discapacitado o persona que no pueda valerse por sí mismo o enfermo mental.
(f) En la persona de quien el autor o la autora es o ha sido cónyuge o conviviente, o ha tenido o tiene relaciones de intimidad o noviazgo, o con la que tiene un hijo en común.