2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 5 - Activo y Pasivo
§ 522. Registro de pérdidas

Un asegurador deberá llevar un registro completo y detallado demostrativo de todas las pérdidas y reclamaciones de las cuales hubiere sido notificado, incluyendo, con respecto a seguros de propiedad, de accidentes y de garantías, todas las notificaciones recibidas de la ocurrencia de cualquier eventualidad que pudiere resultar en pérdida.