Para dar cumplimiento a las disposiciones de las secs. 510 a 512 de este título, se autoriza al Secretario de Educación a contratar los servicios de aquellos maestros que ejercen en las escuelas públicas de Puerto Rico o de cualquier maestro con licencia y que esté autorizado para ejercer su profesión, y a pagarles la debida compensación por los servicios adicionales que presten como maestros en este programa, fuera de las horas regulares de servicio que prestan como maestros de instrucción pública.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 23 - Instrucción Vocacional
§ 495. Escuela de Artes Industriales—Construcción
§ 496. Escuela de Artes Industriales—Sostenimiento
§ 497. Escuela de Artes Industriales—Administración; cursos de estudio; becas
§ 498. Escuela de Artes Industriales—Parte del Departamento de Educación
§ 499. Escuela de Artes Industriales—Presupuesto; compras y transportación
§ 508. Servicio de orientación vocacional—Asignación
§ 509. Servicio de orientación vocacional—Servicios técnicos y otros gastos
§ 510. Programa para el adiestramiento de trabajadores del hogar
§ 513. Compensación extraordinaria por servicios adicionales en instrucción vocacional
§ 514. Programas federales de adiestramiento y readiestramiento de trabajadores