La Comisión entregará a cada Funcionario Electoral Presidencial o, en su defecto, al Comisionado Electoral de cada partido nacional estatal, y no más tarde de veinte (20) días después del cierre del Registro General de Electores, una (1) copia de la lista de electores que se utilizará el día de la elección general impresa y versión electrónica, según estén disponibles.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 16 - Elecciones e Inscripciones
Subtítulo 7 - Código Electoral de Puerto Rico de 2020
Capítulo 427 - Primarias y Elecciones Presidenciales de Partidos Nacionales
Subcapítulo B. Elecciones Presidenciales (§§ 4671 — 4694)
§ 4676. Compromisarios para las elecciones presidenciales
§ 4679. Obligaciones de los compromisarios
§ 4680. Proclama de elecciones presidenciales
§ 4681. Nominación de candidatos
§ 4682. Derechos de los candidatos a Presidente de Estados Unidos
§ 4683. Personas con derecho a votar
§ 4689. Resultados de las elecciones presidenciales
§ 4693. Violaciones al ordenamiento de las elecciones presidenciales