(a) Que su nombre, el de su candidato a Vicepresidente y la insignia de su partido nacional, si lo tuviere, se incluyan en la papeleta presidencial en Puerto Rico.
(b) A designar un Funcionario Electoral Presidencial y un alterno quienes, junto al Presidente de la Comisión, atenderán todo asunto que surja en relación con su candidatura, con los procesos de votación y con el escrutinio de la elección presidencial.
(c) A estar debidamente representado en cada etapa de los procesos de votación, elección y escrutinio a través de los miembros de los distintos organismos electorales.
(d) A comparecer ante la Comisión, a través de su representante autorizado y a ser notificado como parte interesada de cualquier procedimiento ante la consideración de la Comisión relacionado o que afecte la elección presidencial o su candidatura.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 16 - Elecciones e Inscripciones
Subtítulo 7 - Código Electoral de Puerto Rico de 2020
Capítulo 427 - Primarias y Elecciones Presidenciales de Partidos Nacionales
Subcapítulo B. Elecciones Presidenciales (§§ 4671 — 4694)
§ 4676. Compromisarios para las elecciones presidenciales
§ 4679. Obligaciones de los compromisarios
§ 4680. Proclama de elecciones presidenciales
§ 4681. Nominación de candidatos
§ 4682. Derechos de los candidatos a Presidente de Estados Unidos
§ 4683. Personas con derecho a votar
§ 4689. Resultados de las elecciones presidenciales
§ 4693. Violaciones al ordenamiento de las elecciones presidenciales