Todo dueño de vivienda en una cooperativa de titulares podrá acogerse a los beneficios del pago de contribuciones sobre la propiedad inmueble, de conformidad con lo establecido en las secs. 5001 et seq. del Título 21.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 102 - Sociedades Cooperativas
Subcapítulo XV - Regimen de Vivienda Cooperativa de Titulares
§ 4590. Declaración de política pública
§ 4593. Transferencias del título
§ 4596. Elementos procomunales
§ 4598. Consentimiento unánime para gravar participaciones y áreas comunes
§ 4599. Restricciones a la capacidad de establecer gravámenes
§ 4600. Cambios al uso y destino
§ 4602. Contenido de la escritura matriz
§ 4603. Contenido de las escrituras individuales de las unidades de vivienda
§ 4606. Circunstancias del asiento de inscripción de la escritura matriz
§ 4608. Inscripción de obras en proyecto o comenzadas
§ 4609. Constancia del tracto sucesivo
§ 4610. Agrupaciones, adquisiciones, gravámenes
§ 4611. Segregación de terreno común
§ 4614. Disolución del régimen
§ 4615. Reconversión al régimen
§ 4618. Terminación de la condición de socio
§ 4619. Disposiciones en caso de venta
§ 4621. Procedimiento alternativo de notificación
§ 4622. Funciones adicionales de la Junta de Directores
§ 4627. Subordinación de derechos a la condición de socio
§ 4628. Cuentas operacionales y de reserva
§ 4629. Disposiciones finales que puedan afectar a los socios
§ 4631. Adquisición de unidades de vivienda por la cooperativa
§ 4632. Exoneración del pago de contribuciones
§ 4634. Requisitos para el procedimiento de conversión al régimen de cooperativa activa
§ 4637. Procedimiento aplicable a nuevas cooperativas
§ 4638. Conversión al régimen de cooperativas de viviendas de titulares